Todos los Estatutos de Autonomía tienen la misma naturaleza jurídica, por lo que no tiene sentido pedir al TC un trato distinto a unos estatutos frente a otros.
La portavoz adjunta del GPP en la Comisión Constitucional, Pilar Cortés, recordó a los grupos nacionalistas que “la única soberanía que recoge la Constitución es la del pueblo español”.
“La soberanía es previa y anterior a la Autonomía”, subrayó Cortés, quien añadió que “eso quiere decir que tenemos Comunidades Autónomas y Estatutos de Autonomía porque tenemos una Constitución que votamos todos los españoles que así lo permitió”.
Durante el debate en el Pleno del Congreso de la Proposición de Ley Orgánica para la recuperación del recurso previo de inconstitucionalidad para los Proyectos de Ley Orgánica de Estatutos de Autonomía o de su modificación, la portavoz popular señaló que “la Constitución permitió dos vías de acceso a la Autonomía”.
“Esta diferencia de acceso se remite exclusivamente a la manera de hacer la Autonomía y al proceso de elaborar los estatutos; pero constituidas las CCAA y elaborados los estatutos todos ellos tienen la misma naturaleza jurídica”. “Por eso –aseveró- no tiene sentido pedir al Tribunal Constitucional un trato distinto de unos estatutos frente otros”.
Como afirmó la portavoz popular, “un Estatuto de Autonomía no es igual que la Constitución; la Constitución es la norma suprema de nuestro ordenamiento jurídico y todas las demás están sometidas a ella, incluso los Estatutos de Autonomía que fueron aprobados en referéndum”.
En este sentido, explicó que “si las reformas contienen preceptos inconstitucionales serán inconstitucionales antes y después del referéndum”. “El referéndum no subsana ninguna inconstitucionalidad, lo grave es hacer creer a los ciudadanos que porque lo hayan votado y ratificado, ese Estatuto ya no puede ser controlado por el TC”, afirmó.
“No hay legitimidad sin constitucionalidad”, aseguró Pilar Cortés, quien añadió que “la legitimidad estatutaria tiene su origen en la constitucionalidad”.
Por último, defendió que los recursos previos se recuperen sólo para las reformas de Estatutos de Autonomías y no de Leyes Orgánicas porque en el pasado, que sucedía así, provocó una parálisis en la acción legislativa.