La Justicia declara probado el carácter difamatorio de los papeles de Bárcenas relativos a Cospedal

El Juzgado de Primera Instancia número 4 de Toledo así lo confirma en la Sentencia hecha pública hoy

El Juzgado ha confirmado hoy en una sentencia el carácter difamatorio de los papeles de Bárcenas.

El Juzgado declara expresamente en la Sentencia dictada en el procedimiento iniciado por la secretaria general del PP, María Dolores Cospedal, en defensa de su honor que "la parte actora prueba la intromisión ilegítima y el carácter infamante o difamatorio de la información proporcionada al diario El País", pero lo "que no prueba es que el Sr. Bárcenas fuera la persona que dio esta información al periódico", razón por la que desestima la demanda sin formular condena en costas.

La Sentencia notificada hoy declara además que Bárcenas "no prueba ni acredita la veracidad del contenido de los papeles", afirma que "su interrogatorio carece de la suficiente credibilidad", y que Bárcenas tiene "una evidente animadversión" hacia Cospedal.

La Sentencia desestima la demanda única y exclusivamente porque no ha considerado probado que fuera Bárcenas quien entregara los documentos publicados por El País. La Sentencia declara también que hay sospechas sobre este punto, dado que "es cierto que el Sr. Bárcenas ha jugado con la información contenida en los papeles, manifestando un día una cosa, otro día otra distinta, según le convenía".

El Juzgado afirma que aunque no se haya probado que Bárcenas "fuera la persona que esté detrás de la campaña difamatoria", "tampoco hay pruebas concluyentes que lo descarten".

El Juzgado no impone las costas a la parte actora porque "la parte demandante tenía motivos para creer o pensar, a la vista de los indicios existentes, que el Sr. Bárcenas era el autor de la filtración de los papeles, con independencia de que consiguiera probarlo o no", añadiendo que el propio Bárcenas había mostrado los papeles a un periodista.

Sin perjuicio de la posible interposición de recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Toledo, el propósito de Cospedal al interponer la demanda ha quedado plenamente satisfecho puesto que se ha acreditado el carácter difamatorio de los apuntes de Bárcenas que le imputaban falsamente el cobro de cantidades irregulares.