Canal Ético

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Canal Ético como canal interno de información:


De conformidad con lo previsto en el Programa de Cumplimiento Normativo del Partido Popular (en adelante, "PCN") y la normativa reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción [la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción (en adelante "Ley 2/2023")], el Partido Popular pone a disposición de las personas indicadas más adelante un Canal Ético que permite comunicar acciones u omisiones que puedan ser constitutivas de infracción penal o administrativa grave o muy grave, y aquellas comprendidas en el ámbito material de aplicación de la Ley 2/2023, todo ello bajo la vigencia de los principios y garantías que se detallan en el documento "Protección del Informante".

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Ámbito subjetivo: Personas que pueden informar


Podrán realizar comunicaciones a través del Canal Ético:

(i) Las Personas Sujetas al cumplimiento del PCN, entre las que se incluyen a estos efectos a voluntarios, becarios y trabajadores en periodos de formación con independencia de que perciban o no una remuneración;

(ii) Todos los afiliados;

(iii) Cualquier persona que trabaje para o bajo la supervisión y la dirección de contratistas, subcontratistas y proveedores;

(iv) Aquellas personas que comuniquen información sobre las infracciones comprendidas en el ámbito material del Canal Ético obtenida en el marco de una relación laboral ya finalizada con el Partido Popular; y

(v) Aquellos cuya relación laboral todavía no haya comenzado en los casos en que la información sobre infracciones haya sido obtenida durante el proceso de selección o de negociación precontractual.

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Ámbito material de aplicación: Hechos susceptibles de comunicación



(i) Acciones u omisiones que puedan ser constitutivas de infracción penal o administrativa grave o muy grave, así como cualquier vulneración de la legislación vigente, especialmente aquellas comprendidas en el ámbito material de aplicación de la Ley 2/2023.

(ii) Adicionalmente, el Canal Ético también permite: (a) comunicar cualesquiera actos presuntamente ilícitos o constitutivos de incumplimientos del PCN, así como cualesquiera conductas irregulares o poco apropiadas a juicio del informante; y (b) formular consultas sobre interpretación y aplicación de la normativa interna de obligado cumplimiento o en caso de duda o preocupación sobre si una determinada situación podría ser considerada un acto de los enunciados en los puntos anteriores. No obstante, las comunicaciones relacionadas en las letras (a) y (b) anteriores no se encuentran comprendidas en el ámbito de regulación y protección de la Ley 2/2023.

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Formas de comunicar la información:


La información puede comunicarse por alguno de los siguientes cauces:

1. Remitiendo un correo electrónico a [email protected]

2. Enviando una carta a la atención del Órgano de Cumplimiento Normativo [OCN] del Partido Popular, Sede Nacional, Calle Génova, 13, 28004, Madrid.

3. A través de una entrevista personal con el OCN, previa solicitud del informante, dentro los siete días siguientes a dicha solicitud. La entrevista puede solicitarse por los anteriores medios y a través del teléfono 915577323.

4. Como vía alternativa de denuncia, cuando el denunciado sea, de forma individual o junto con otras personas, el Órgano de Cumplimiento Normativo [OCN], la denuncia se remitirá por correo postal a:

Partido Popular, Sede Nacional
Comité Nacional de Derechos y Garantías [CDG]
Calle Génova, 13
28004 Madrid

No se admitirán comunicaciones que hayan sido formuladas por personas distintas de las relacionadas en el ámbito subjetivo del Canal Ético (apartado 2 anterior) ni cuando el objeto de la comunicación no esté comprendido en el ámbito material de aplicación del Canal Ético (apartado 3 anterior).
Las comunicaciones podrán realizarse de forma anónima, si bien se aconseja al informante que se identifique, facilitando su nombre y apellidos, cargo o relación con el Partido Popular y datos de contacto. De esta forma, de considerarse necesario, el personal responsable de la tramitación de la comunicación podrá ponerse en contacto con el informante para solicitar información adicional. En todo caso, se garantiza la confidencialidad de la identidad del informante y la protección frente a cualquier intento de represalia.

Alternativamente o para el caso de que la comunicación realizada a través del Canal Ético fuera inadmitida, los informantes podrán formular comunicaciones a través de los canales externos habilitados por las autoridades competentes y, en su caso, ante las instituciones, órganos u organismos de la Unión Europea, que se detallan en el documento "Canales Externos".

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Para mayor información sobre el Canal Ético, su normativa aplicable en materia de protección de datos y canales externos de información, por favor consulte los documentos siguientes:

Protección del Informante
Información sobre protección de datos
Canales externos
Codigo ético