Un paso más en la homologación a nivel europeo de la protección de los derechos procesales

Aprobación del Proyecto de Ley para reformar la LEC y la LOPJ para transponer sendas Directivas Europeas

La norma sirve para mejorar las garantías que rodean a una persona inmersa en un procedimiento penal.

El diputado del Grupo Popular Daniel Serrano afirmó hoy que el Proyecto de Ley por la que se modifican la Ley de Enjuiciamiento Criminal y la Ley del Poder Judicial para transponer sendas Directivas europeas "es un paso más en la homologación a nivel europeo de la protección de los derechos procesales de los diversos países que tiene la UE y significa un nuevo avance en ese proyecto de éxito que representa la misma".

En este sentido, el diputado popular explicó que no se trata de una modificación global de la Ley de Enjuiciamiento Criminal y de la Ley Orgánica del Poder Judicial, "sino únicamente un aspecto muy concreto de ambos textos legales que afecta al derecho de interpretación y traducción en los procesos legales como consecuencia de la trasposición de dos Directivas europeas".

Asimismo, aseguró que la norma "sirve para mejorar las garantías que rodean o pueden rodear a una persona que puede verse inmersa en un procedimiento penal".

No obstante, Serrano criticó que algunos grupos parlamentarios hayan pretendido ir más allá del objetivo que se desprende de la Directiva europea "para tratar de introducir por la puerta de atrás modificaciones de aspectos de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, de la Ley Orgánica del Poder Judicial e incluso del Código Penal que poco o nada tenían que ver con las directivas europeas a transponer".

En su opinión, "el texto reviste especial importancia porque viene a reforzar las garantías del proceso penal fortaleciendo más si cabe el procedimiento penal español, uno de los más garantistas del mundo".

REGISTRO OFICIAL DE TRADUCTORES E INTÉRPRETES

Entre los aspectos más destacados de este Proyecto de ley, Serrano destacó el mandato expreso que hace la Ley al Gobierno para la creación, en el plazo de un año, de un registro oficial de traductores e intérpretes judiciales. "Registro –aclaró- que era una demanda en el colectivo y que este Proyecto recoge".

En este sentido, explicó que esta Ley no regula dicho registro nacional, "sino que anuncia su creación o más bien su reglamentación en el plazo máximo de un año, que es un plazo que no se tiene porqué agotar, y será esa futura reglamentación la que lo desarrolle respetando el ámbito competencial, ya que el hecho de que tenga que reglamentarse acerca de ese registro no implica en modo alguno que no se respete el ámbito competencial".

"Eso sí, teniendo en cuenta que de conformidad con los artículos 149, uno, quinto y sexto de la Constitución española, corresponde al Estado la competencia exclusiva en materia de administración de justicia y legislación procesal", recordó el portavoz popular, quien advirtió que "el respeto al principio competencial debe ser mutuo y recíproco y no solamente unidireccional, como pretenden los grupos parlamentarios nacionalistas".

"La existencia de un registro oficial de carácter nacional no implica vulneración alguna de las competencias de las Comunidades Autónomas", y "el postureo político de algunos grupos acerca de esta cuestión responde más al hecho de encontrarse en campaña electoral que a la realidad", remarcó.

Además, señaló que "la creación de un registro oficial de traductores, intérpretes y peritos tiene también su fundamento en la necesidad de garantizar la igualdad de condiciones de todos los ciudadanos en el ejercicio de los derechos". Así, explicó que en el caso concreto sobre el que se está legislando para garantizar un servicio básico, la protección de un derecho de defensa y derecho a un juicio justo, "se realiza con unas mínimas exigencias de calidad en todo el territorio nacional, exigencias mínimas que van desde la expedición obligatoria, o la exigencia de titulación o de formación", entre otras.

Para Serrano, "sólo mediante un sistema de registro nacional puede garantizarse que el servicio público de traducción e interpretación se prestará en las mismas condiciones básicas para todos los ciudadanos en toda España".

ENMIENDAS

Por otra parte, también agradeció el tono "constructivo" por parte los grupos ya que a lo largo del trámite parlamentario el texto "ha ido recogiendo enmiendas de las distintas formaciones "que sin duda han enriquecido y mejorado el texto, sobre todo desde un punto de vista técnico".

Según señaló, se trata de "aportaciones positivas que dan una mayor precisión técnica y jurídica al mismo". "El grueso de las mismas –explicó- responde a una mejora técnica del texto, tanto las transaccionadas con los diversos grupos parlamentarios como las presentadas por el propio GPP, están dirigidas a reforzar las garantías y el derecho de defensa de sospechosos no acusados con discapacidad sensorial".

Por último, destacó otro bloque de enmiendas "encaminadas a preservar el principio de seguridad jurídica especialmente por lo que respecta a fijar una fecha cierta para la entrada en vigor de los preceptos que contiene esa Ley, lo que otorga una mayor seguridad jurídica a la misma".