El PP saca adelante en el Senado la ampliación de la prisión permanente revisable

En la toma en consideración de una proposición de Ley

La presidenta de la Comisión de Justicia del Senado, Yolanda Ibarrola
La presidenta de la Comisión de Justicia del Senado, Yolanda Ibarrola

El Grupo Parlamentario Popular en el Senado saca adelante, con el voto en contra del PSOE, la toma en consideración de la proposición de ley por la que se insta a modificar el Código Penal para la ampliación de la prisión permanente revisable. 

La senadora del PP por Madrid y presidenta de la Comisión de Justicia de la Cámara, Yolanda Ibarrola, explica que “la modificación que hoy traemos propone ampliar los supuestos previstos en la reforma de 2015, a otros de especial gravedad”. 

En primer lugar, al responsable de delitos contra la vida o la libertad sexual, cuyas penas sumen cien o más años; en segundo lugar, proponemos la modificación del art 140, de manera que se amplíen los supuestos en caso de asesinato cuando el asesinato fuera cometido después de un delito contra la libertad sexual, detención ilegal o secuestro, al asesinato le sigan actos de ocultación o destrucción del cadáver, expone Ibarrola. 

También, cuando el asesinato sea cometido por el cónyuge, ex cónyuge, pareja de hecho, ascendientes, descendientes o hermanos, así como sobre persona que por especial vulnerabilidad se encuentran sometidas a custodia o guarda en centros públicos o privados; continua la senadora popular. 

Y, en tercer lugar, la reiteración de las conductas tipificadas en el art 181, epígrafes 4 y 5, para las agresiones sexuales reiteradas a menores de 16 años. 

Recuerda que la Ley Orgánica 1/2015 fue aprobada en marzo de este año, introdujo en el Código Penal la prisión permanente revisable. En su tramitación contó con el aval del Consejo de Estado, del Consejo General del Poder Judicial y del Consejo Fiscal. 

Denuncia también que fue “recurrida por el Partido Socialista y otros partidos del arco parlamentario; a pesar de que a día de hoy cuenta también con el respaldo del Tribunal Constitucional y con el del Tribunal Europeo de Derechos Humanos. 

“Con esta modificación se da respuesta penal a hechos criminales deleznables, una respuesta proporcional a la gravedad y, sin duda, ofrece una perspectiva disuasoria, que se hace especialmente patente en los casos que afectan a los supuestos de asesinato”, recalca. 

“¿Pueden imaginar el dolor que supone no poder enterrar a sus seres queridos sabiendo que han sido asesinados? Es un duelo interminable. Es inhumano”, lamenta Yolanda Ibarrola. 

“Señorías, podemos hacer minutos de silencio por las mujeres asesinadas a manos de sus parejas al inicio del Pleno, pero, ¿qué están dispuestos a hacer para protegerlas?”, pregunta al PSOE. 

Igualmente, Ibarrola deja claro que “la pena debe venir acompañada de medidas de reeducación y de reinserción y los derechos de la víctima”. “La modificación que hoy mi grupo parlamentario trae a este plenario, conjuga estas premisas”, añade. 

El portavoz de Constitucional del GPP, Eloy Suárez ha preguntado si no hay nadie en esa bancada de la izquierda que entienda que merece la pena “ser valiente” y “asumir que, a veces, la reinserción es imposible y que la sociedad tiene derecho a protegerse de criminales de esta calaña todo el tiempo que haga falta”. 

Afirma que “proponemos esta ley porque necesitamos medidas que eliminen la inseguridad ante los fallos del sistema”, como ha ocurrido en algunos reos que no han logrado la reinserción al culminar su condena.

Reseña que, gobernando el PSOE, España ha extraditado a personas detenidas aquí a países donde existía la prisión permanente revisable por estos delitos agravados. “En otros países lo ven bien, pero para los delincuentes de aquí no”, denuncia Eloy Suárez.

Esta modificación “obedece a una demanda social, es sensible con lo que solicitan los ciudadanos. No lo proponemos en caliente ante una circunstancia concreta”, argumenta Eloy Suárez. 

Suárez recuerda que España ratifico el Estatuto de la Corte Penal Internacional, que recoge esa pena para los crímenes de lesa humanidad, entre los que se incluyen el asesinato y la violación; además está avalado por el Consejo de Estado, el CGPJ y el Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo.