El PP registra la iniciativa para la regulación de la publicidad sanitaria

Hoy, a través de una Proposición de Ley en el Congreso tras la reunión de la portavoz del GPP con colegios profesionales del ámbito sanitario

La PL busca establecer una norma a nivel estatal que regule los aspectos básicos de la publicidad sanitaria

El Grupo Popular ha registrado este jueves en el Congreso la Proposición de Ley que regulará la publicidad sanitaria con el objetivo de establecer una norma a nivel estatal que regule los aspectos básicos de la misma, sustentada sobre una base científica.

La iniciativa se ha registrado tras la reunión mantenida esta misma mañana en el Congreso por la portavoz parlamentaria popular, Dolors Montserrat; el portavoz adjunto del GPP, José Ignacio Echániz; y la portavoz de Sanidad del GPP, Teresa Angulo, con los presidentes del Consejo General de Dentistas, Óscar Castro Reino; de la Organización Médica Colegial, Serafín Romero; del Consejo General de Veterinarios, Juan José Badiola; y con la secretaria general del Consejo General de Farmacéuticos, Raquel Martínez García, en la que se han abordado los contenidos de la misma.

El registro de esta iniciativa es resultado de los trabajos iniciados con la primera de las reuniones mantenidas, que se celebró el pasado mes de diciembre, con el objetivo de elaborar una propuesta legislativa que evite la publicidad engañosa en los servicios y productos sanitarios, como en el caso concreto de iDental, que tanto daño ha hecho a consumidores, pacientes y a tantos españoles.

Entre otras cuestiones, el texto de la iniciativa -que consta de 18 artículos, 4 capítulos, 1 disposición adicional, 1 disposición transitoria, 1 disposición derogatoria y 2 disposiciones finales-, recoge que la publicidad sanitaria destinada al público deberá identificar con claridad y de forma objetiva la actividad sanitaria a la que se refiera, utilizando mensajes claros y comprensibles en su integridad, evitando usar términos que puedan confundir al ciudadano. Además, incluirá las advertencias y precauciones que sean necesarias para informar al paciente de los posibles efectos adversos o riesgos derivados de la actividad sanitaria anunciada, mientras que la publicidad sanitaria dirigida a profesionales sanitarios deberá proporcionar la información técnico-científica necesaria para que sus destinatarios puedan juzgar por sí mismos los servicios que se prestan.