El PP recurre la exclusión de López del Tribunal Constitucional

El Grupo Popular en el Senado ha recurrido esta exclusión porque la Mesa del Senado alegó el artículo constitucional del Fondo de Compensación Interterritorial

El Fondo de Compensación Interterritorial tiene la culpa de que Enrique López, un magistrado con 21 años de ejercicio, siete años en el supremo órgano de Gobierno de los jueces, no pueda ser candidato del Senado para formar parte del TC.

Esta afirmación, que podría parecer absurda, se desprende del acuerdo adoptado por la Mesa del Senado, el pasado 1 de junio, y por el que el órgano que gobierna el día a día de la Cámara decidió apartar de la candidatura senatorial al Alto Tribunal a López.

El Grupo Popular ha basado su recurso ante el acuerdo de la Mesa, que envió hoy al registro de la Cámara, en este error. Los populares consideran que el error es grave, por la importancia del asunto, y lo achacan a "la improvisación y las prisas que el PSOE está metiendo a todo el mundo en un asunto en el que cada vez es más evidente el partidismo y el alejamiento del interés general con el que se está actuando".

En el escrito de recurso, firmado por el portavoz Pío García-Escudero, se señala que en el citado acuerdo de la Mesa se dice taxativamente que "no se admite a trámite la propuesta de candidato de D. Enrique López y López, formulada por las Asambleas de Madrid y Extremadura, las cortes de Castilla y León y los Parlamentos de Cantabria y La Rioja... por no cumplir el requisito relativo a tener más de quince años de ejercicio profesional o en activo, previsto en los artículos 158.2 de la Constitución y 18 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional".

Si uno se va a la Constitución, como ha hecho el equipo jurídico del Grupo Popular en el Senado, resulta que se encuentra con que el artículo 158.2, invocado en el escrito, es el que dice: "con el fin de corregir desequilibrios económicos interterritoriales y hacer efectivo el principio de solidaridad, se constituirá un Fondo de Compensación con destino gastos de inversión, cuyos recursos serán distribuidos por las Cortes Generales entre las Comunidades Autónomas y provincias, en su caso".

Por todo ello, aseguran que, en esta tesitura, es imposible sustentar jurídicamente y con fundamentos de Derecho cualquier recurso, por lo que reclaman que se anule el acuerdo del 1 de junio y se adopte uno nuevo correctamente motivado.

(Recurso PP sobre el Tribunal Constitucional en el documento adjunto)