El PP apoya que se tramite la iniciativa sobre la Gracia de Indulto, pero presentará un paquete de enmiendas

Hoy, en el Pleno del Congreso

El diputado del Grupo Popular y presidente de la Comisión de Economía y Competitividad, Arturo García-Tizón, ha anunciado que el Grupo Popular “va a votar favorablemente esta nueva Proposición de Ley, pero anuncia ya un paquete de enmiendas en línea con la posición mantenida en el debate y la incorporación al texto de la Proposición de las circunstancias que de facto viene considerando el Gobierno en la concesión o denegación de los indultos que se solicitan”, tales como los que siguen. 

“En los casos de concesión de indulto: informes favorables del órgano sentenciador del Ministerio Fiscal; la reinserción social del condenado; la antigüedad de los hechos o de la pena; la inexistencia de otros antecedentes penales; la dependencia de terceros, especialmente de menores de edad que pueden quedar en desamparado; el abono de las responsabilidades civiles o las circunstancias personales de especial gravedad”. 

“Y, en los casos de denegación como gravedad del delito; informes desfavorables del órgano sentenciador del Ministerio Fiscal; Oposición de la víctima en los delitos contra la integridad de las personas o Multirreincidencia”. 

Durante su intervención en el Pleno del Congreso el dirigente del PP ha explicado que sobre la excepción de la gracia de indulto cuando se trate de delitos cometidos por Autoridad en el ejercicio de su función cargo público prevaliéndose del mismo para obtener un beneficio económico para sí o un tercero; y las condenas por delitos relacionados con la violencia de género, “volvemos a decir aquí lo que ya señalábamos a este respecto en la pasada legislatura y es que  aceptando que no existe un “numerus clausus”  en esta materia, porque el artículo 62, letra i de la Constitución remite el ejercicio de la potestad real de gracia a lo que disponga la ley, no está tan claro que con esta iniciativa se dé plena satisfacción a una eventual demanda social de lo que se exige para la prevención general y especial de los delitos”. 

En este sentido, el dirigente del PP se ha preguntado si “solo deben quedar exceptuados de la gracia de Indulto los delitos de corrupción o de violencia de género, como entiende el Grupo Proponente o debe alcanzar a otros delitos de terrorismo, crimen organizado, agresión o tráfico sexual, pederastia o violencia sobre menores”. “¿No tienen estos delitos un rechazo social, al menos tan fuerte, como los delitos de corrupción y de violencia de género?”, se ha preguntado. 

El diputado del PP se ha cuestionado también “si hay una alarma social por la política que en materia de indultos está realizando el Gobierno en el tratamiento de esto delitos, respondiendo que “ciertamente no”. De hecho, ha aclarado que “en los últimos años 2014, 2015 y 2016, se han rechazado todas las solicitudes de indulto encuadrables en las categorías delictivas a que se refiere esta Proposición de Ley” y ha recordado los datos de concesión de indulto de los gobiernos del PP “En el año 2016 se ha concedido el 0.72 de las solicitudes presentadas, menos aún que en el año 2015 que fue del 1.27%, muy similar a la del año 2014 (1.05%) datos muy alejados de los años 2009 (7.85%) y 2010 (6.41%) de los gobiernos socialistas”, ha remarcado. 

“Sobre la incorporación de otra nueva razón habilitante para la concesión del indulto, como es la de que concurra la debida reinserción social del condenado, García-Tizón, ha aclarado que “otra incorporación al texto de los artículos 11 y 30, nada nuevo añade a las previsiones legales de la actual Ley del Indulto y puede entenderse redundante con las otras circunstancias tradicionalmente recogidas en los supuestos de equidad, justicia o utilidad pública y ni siquiera la invocación a la finalidad que el artículo 25.2 de la Constitución atribuye a toda pena añade nada nuevo ni distinto a dichas circunstancias”. 

El diputado del PP ha avanzado que “el Grupo Popular está dispuesto a valorar la oportunidad política de profundizar en esta motivación y por consiguiente en el control de los acuerdos de concesión, incluyéndose en los Reales Decretos algún tipo de referencia genérica con arreglo a un catálogo de motivos prestablecido más concreto que esas razones de justicia, equidad o utilidad pública actuales o similares a los que está teniendo en cuenta el Gobierno en su actual política de concesión de indultos”.