1. Canal Ético como canal interno de información:

De conformidad con lo previsto en el Programa de Cumplimiento Normativo del Partido Popular (en adelante, “PCN“) y la normativa reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción [la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción (en adelante “Ley 2/2023“)], el Partido Popular pone a disposición de las personas indicadas más adelante un Canal Ético que permite comunicar acciones u omisiones que puedan ser constitutivas de infracción penal o administrativa grave o muy grave, y aquellas comprendidas en el ámbito material de aplicación de la Ley 2/2023, todo ello bajo la vigencia de los principios y garantías que se detallan en el documento “Protección del Informante“.

2. Ámbito subjetivo: Personas que pueden informar

Podrán realizar comunicaciones a través del Canal Ético:

3. Ámbito material de aplicación: Hechos susceptibles de comunicación

4. Formas de comunicar la información:

La información puede comunicarse por alguno de los siguientes cauces:

  1. Remitiendo un correo electrónico a [email protected]
  2. Enviando una carta a la atención del Órgano de Cumplimiento Normativo [OCN] del Partido Popular, Sede Nacional, Calle Génova, 13, 28004, Madrid.
  3. A través de una entrevista personal con el OCN, previa solicitud del informante, dentro los siete días siguientes a dicha solicitud. La entrevista puede solicitarse por los anteriores medios y a través del teléfono 915577323.
  4. Como vía alternativa de denuncia, cuando el denunciado sea, de forma individual o junto con otras personas, el Órgano de Cumplimiento Normativo [OCN], la denuncia se remitirá por correo postal a:
    Partido Popular, Sede Nacional
    Comité Nacional de Derechos y Garantías [CDG]
    Calle Génova, 13
    28004 Madrid

No se admitirán comunicaciones que hayan sido formuladas por personas distintas de las relacionadas en el ámbito subjetivo del Canal Ético (apartado 2 anterior) ni cuando el objeto de la comunicación no esté comprendido en el ámbito material de aplicación del Canal Ético (apartado 3 anterior).

Las comunicaciones podrán realizarse de forma anónima, si bien se aconseja al informante que se identifique, facilitando su nombre y apellidos, cargo o relación con el Partido Popular y datos de contacto. De esta forma, de considerarse necesario, el personal responsable de la tramitación de la comunicación podrá ponerse en contacto con el informante para solicitar información adicional. En todo caso, se garantiza la confidencialidad de la identidad del informante y la protección frente a cualquier intento de represalia.

Alternativamente o para el caso de que la comunicación realizada a través del Canal Ético fuera inadmitida, los informantes podrán formular comunicaciones a través de los canales externos habilitados por las autoridades competentes y, en su caso, ante las instituciones, órganos u organismos de la Unión Europea, que se detallan en el documento “Canales Externos“.

Más información sobre el Canal Ético

Para mayor información sobre el Canal Ético, su normativa aplicable en materia de protección de datos y canales externos de información, por favor consulte los documentos siguientes: