La financiación del Partido Popular se rige por la Ley Orgánica 8/2007, de 4 de julio, sobre financiación de los partidos políticos, modificada por la Ley Orgánica 3/2015 de 31 de marzo, de control de la actividad económico-financiera de los Partidos Políticos.
En base a esa Ley Orgánica se establece la procedencia de la financiación de los partidos políticos:
La subvención de los gastos electorales se ajusta a las reglas establecidas en la Ley Orgánica 5/1985, modificada por la Ley Orgánica 3/2015 de 30 de marzo, de control de la actividad económico-financiera de los Partidos Políticos con entrada en vigor el 1 de abril de 2015.
Los recursos públicos y donaciones figuran detallados en las Cuentas Anuales del partido.
Asimismo, todos los recursos para la financiación del partido son sometidos a la fiscalización del Tribunal de Cuentas.