Voto por correo y desde el extranjero - Elecciones Andalucía 2018

30 OCT, 2018

VOTO POR CORREO PARA LOS RESIDENTES EN ESPAÑA

Hasta el 22 de noviembre: Ce a cualquier oficina de Correos, con tu DNI o Documento de Identificación, y solicita el impreso para poder votar.

– Rellena la solicitud y envíala a tu delegación provincial de la Oficina del Censo Electoral.

– Del 12 al 25 de noviembre: Recibirás, por correo certificado, la documentación para votar.

– Hasta el 28 de noviembre: Envía la documentación por correo certificado con tu voto.

VOTO DE LOS ELECTORES RESIDENTES EN EL EXTRANJERO (C.E.R.A)

– Si estás inscrito en el CERA, realiza, del 9 de octubre al 3 de noviembre, tu solicitud de voto enviando el impreso correspondiente, acompañado de una fotocopia del DNI o pasaporte.

Del 6 de noviembre al 12 de noviembre: Envío de documentación CERA por la Oficina del Censo Electoral en caso de no haber recursos contra la proclamación de candidaturas.

Hasta el 20 de noviembreEnvío de documentación CERA por la Oficina del Censo Electoral en caso de haber recursos contra la proclamación de candidaturas.

Del 7 al 27 de noviembre: Remite tu voto, por correo certificado, al citado Consulado o Embajada.

Del 28 al 30 de noviembre: Deposita personalmente tu voto en la urna habilitada en el Consulado o Embajada en la que te encuentres inscrito.

VOTO POR CORREO RESIDENTES TEMPORALMENTE EN EL EXTERIOR

Una vez dado de alta en el Registro Consular como español temporalmente en el exterior:

– Solicitud del voto del 9 de Octubre al 3 de Noviembre.

– Remisión por parte de la Oficina del Censo Electoral Provincial de la documentación necesaria para votar entre el 7 de noviembre hasta el 20 de noviembre.

– Envío del voto a la mesa electoral del 7 de noviembre al 28 de noviembre.