Una nueva Ley de Parques Nacionales

29 ENE, 2015

La posibilidad de intervenir excepcionalmente en determinados supuestos extraordinarios, en caso de conservación desfavorable, y la declaración del “estado de emergencia medioambiental”, garantizarán su conservación y protección.

La nueva norma refuerza el régimen de incompatibilidades al declarar como incompatibles la extracción de hidrocarburos, áridos o canteras, actividades no contempladas en la legislación de 2007.

Mejora la colaboración efectiva con los colectivos asentados en esos lugares emblemáticos mediante instrumentos que impulsan, además, su correcta conservación y gestión. Prevé una gestión más participativa y abierta a las poblaciones del entorno, con la posibilidad de desarrollar actividades económicas y comerciales compatibles con la conservación, en especial las relacionadas con el uso público y el turismo rural. Potencia el desarrollo sostenible en las áreas de influencia socioeconómica, impulsando los usos y costumbres tradicionales compatibles con la gestión de esos espacios.

En definitiva se potenciará el desarrollo de esos lugares emblemáticos que constituyen la marca PARQUES NACIONALES DE ESPAÑA.