El PP pide al Ejecutivo que regule mediante Ley Orgánica la medida de internamiento no voluntario por razón de trastorno psíquico

Hoy, en la Comisión de Justicia

El portavoz de Justicia del Grupo Popular, José Miguel Castillo Calvín, solicita al Ejecutivo que, conforme a la doctrina constitucional, "se regule mediante Ley Orgánica, la medida de internamiento no voluntario por razón de trastorno psíquico".

El portavoz del PP que "se trata de un tema ya resuelto por nuestro Tribunal Constitucional en reiteradas sentencias" y que, en su opinión, "tiene toda la razón".

Durante el debate de la Proposición no de Ley relativa a la regulación mediante Ley Orgánica de la medida de internamiento no voluntario por razón de trastorno psíquico, Castillo Calvín advirtió que esta iniciativa del PP es una propuesta técnica jurídico-legislativa.

Razones jurídicas
El portavoz popular explicó que "la Ley procesal civil, como Ley ordinaria, no puede regular los límites de un derecho fundamental, salvo en aquellos casos en que media una habilitación específica de la CE, o cuando se limita a concretar legislativamente alguno de los límites que la CE por sí misma estable. Y ambas excepciones, en esta materia, no concurren".

Así, el dirigente del PP señaló que "como los requisitos y actos esenciales para la adopción de la medida cautelar civil de internamiento no voluntario por la adopción de la medida cautelar civil de internamiento no voluntario por razón de trastorno psíquico, comporta para el afectado una privación de su libertad personal, se ve afectado el ejercicio del Derecho Fundamental previsto en el art. 17.1 CE".

"De lo expuesto con anterioridad se desprende, manifestó Castillo Calvín - la necesidad ineludible de abordar su desarrollo mediante Ley Orgánica". En este sentido, apuntó que "hay que elaborar una Ley Orgánica que deberá respetar las garantías que la protección del referido derecho fundamental exige, interpretadas de conformidad con los tratados y acuerdos internacionales sobre esta materia ratificados por España, pues constituyen una fuente interpretativa que contribuye a la mejor identificación del contenido de los derechos y libertades que la Constitución reconoce".

Enmienda del Grupo Popular
El portavoz popular destacó que desde el Grupo Popular hemos presentado una enmienda a nuestra Proposición no de Ley "en el sentido de ampliar nuestra petición al Ejecutivo, a fin de que se regule por el mismo cauce legislativo, el tratamiento ambulatorio o voluntario, de las personas que sufran esta clase de trastorno".

Así, explicó que esta petición encuentra su fundamento en que "no existe en nuestro país una regulación legal específica sobre esta materia, siendo necesario asegurar la cumplimentación terapéutica en las personas que presentan una enfermedad mental grave, especialmente en aquello pacientes sin contienda de enfermedad y en las que el abandono del tratamiento supone un riesgo alto de recaída, un empeoramiento de su enfermedad psiquiátrica, hospitalizaciones repetidas y urgencias frecuentes, e incluso a la aparición de conductas disruptivas o violentas".

Para Castillo Calvín "si entendemos necesaria la adopción, con las debidas garantías de la medida de internamiento forzoso de un enfermo mental en un centro psiquiátrico, se debería autorizar un tratamiento ambulatorio involuntario, que es menos coercitivo y limitador de la libertad del paciente".

A su juicio, "se evitaría, además de frenar el deterioro de la salud que supone la renuncia injustificada al tratamiento por no tener conciencia real de enfermedad, que en relación a la misma persona, se produjeran esos innumerables internamientos, llamados de puertas giratorias, evitando así el estigma que supone para el paciente, los continuos internamientos en unidades de psiquiatría".

Así, subrayó el portavoz parlamentario "se permitirá de esta manera al enfermo llevar una vida personal, familiar, social y laboral similar al resto de personas, evitando tener que iniciar un proceso judicial de modificación o privación de la capacidad, muchas veces innecesario".

Finalmente, Castillo Calvín quiso dejar claro que, siendo evidente que este Tratamiento Ambulatorio Involuntario con lleva una limitación de derechos y libertades del enfermo mental, "es necesario que dicha medida se regule con todas las garantías, igualmente mediante Ley Orgánica".