Vivienda

El Ejecutivo acuerda ampliar hasta 2020 la moratoria de los desahucios a los colectivos más afectados por la crisis

¿Qué estamos haciendo? Vivienda
¿Qué estamos haciendo? Vivienda

Ley de Crédito Inmobiliario

Uno de los principales objetivos del proyecto de Ley es la reducción de las comisiones y reforzar la transparencia de los créditos inmobiliarios.

Se incluyen incentivos para la transformación de créditos hipotecarios que pasen de variables a fijos.

Además se aumenta el ámbito de aplicación, no solo a consumidores también a autónomos.

Se amplía a nueve impagos o al 2% del capital el requisito para que la entidad financiera pueda iniciar la ejecución del préstamo.

Más transparencia: El hipotecado recibirá asesoramiento gratuito del notario sobre el contenido del contrato durante los siete días previos a la firma. Se verificará que el consumidor ha recibido y comprende las consecuencias jurídicas y económicas del contrato que va a firmar. Es condición necesaria para que el notario autorice la escritura.

Además, se prohiben las ventas vinculadas, es decir, aquellas que obligan al consumidor a aceptar una serie de productos financieros como condición para obtener la hipoteca.

Consejo de Ministros del 17 de marzo de 2017.

El Ejecutivo ha acordado ampliar hasta 2020 la moratoria de los desahucios a los colectivos más afectados por la crisis, flexibilizar los criterios para beneficiarse de las medidas de protección y posibilitar la opción de alquiler de la vivienda habitual ejecutada a precio reducido. 

El Real Decreto aprobado en relación con la moratoria de los desahucios está en el contexto de las medidas que ha ido adoptando el Gobierno desde el año 2012 para afrontar este problema, derivado de la crisis económica.

En marzo de 2012el Ejecutivo aprobó el Código de Buenas Prácticas mediante el que se daba la posibilidad a las familias que estaban en el "umbral de exclusión" de negociar con las entidades financieras la reestructuración de la deuda, el establecimiento de una quita o la dación en pago. Prácticamente la totalidad de los bancos se adhirieron a este Código.

En noviembre de 2012, se acordó la suspensión de lanzamientos hipotecarios (obligación de salir de la vivienda), acuerdo que se ha ido extendiendo hasta ahora, y que en enero de 2013 se pusieron 10.000 viviendas con alquileres muy reducidos a disposición de los colectivos más vulnerables.

Casi 80.000 familias se han favorecido de estas iniciativas. En concreto, se han suspendido más de 24.000 alzamientos y 45.600 familias se han acogido al Código de Buenas Prácticas, de las cuales 38.500 han reestructurado su deuda y 7.000 han dado su vivienda en pago. Asimismo, el Fondo Social de Viviendas ha adjudicado más de 9.000 casas.

La norma acordada hoy amplía el plazo de suspensión de alzamientos hipotecarios tres años más, hasta 2020. Además, flexibiliza los criterios para determinar qué deudores hipotecarios son vulnerables y pueden beneficiarse de las medidas de protección:

- Será vulnerable la unidad familiar de la que forme parte un menor de edad, en vez de un menor de tres años como hasta ahora, así como la unidad familiar monoparental con un hijo o más a cargo.

- También lo será la unidad familiar con la que convivan una o más personas en situación personal de discapacidad, dependencia, enfermedad grave, y en la que haya una víctima de violencia de género.

- Por otra parte, en la suspensión de lanzamientos, se elimina el requisito de haber agotado las prestaciones por desempleo.

Alquiler de vivienda

Se introduce en el Código de Buenas Prácticas la opción de alquilar la vivienda habitual ejecutada. Durante el plazo de vigencia de la suspensión de lanzamientos, el deudor hipotecario ejecutado situado en el umbral de exclusión podrá solicitar al acreedor ejecutante de la vivienda alquilarla por cinco años en condiciones favorables, prorrogables a otros cinco.

El Gobierno, en el plazo de ocho meses desde la entrada en vigor del Real Decreto Ley, propondrá medidas destinadas a facilitar la recuperación de la propiedad de la vivienda habitual por los deudores hipotecarios incluidos en el ámbito de aplicación de la ley.