El proyecto de ley de protección social a los trabajadores del mar amplía sus beneficios y ordena el sector

Se incluye en el Régimen Especial a personal de investigación, observadores de pesca, personal de seguridad, trabajadores administrativos de empresas estibadoras, rederos, prácticos de puerto y personal que presta sus servicios en plataformas fijas

Todas las novedades incorporadas se realizan manteniendo como tiempo efectivo en la aplicación de los coeficientes reductores los periodos de desembarco por enfermedad, accidente, vacaciones.

La Comisión de Empleo y Seguridad Social del Congreso ha aprobado hoy con Competencia Legislativa Plena, y con un amplio consenso, el proyecto de Ley reguladora de la protección social de los trabajadores del sector marítimo-pesquero, un texto que regula tanto el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar (en adelante Régimen Especial) como el resto de prestaciones y servicios gestionados por el Instituto Social de la Marina y que pretende poner orden en la profusa normativa existente y simplificar la complejidad en materias como el campo de aplicación, la cotización y la acción protectora, con especial atención a la prestación de jubilación.

El portavoz de pesca del GPP en el Congreso de los Diputados, Joaquín García Díez, ha destacado que la Ley surge del compromiso del Gobierno con el sector pesquero y de su deseo de seguir ampliando las condiciones sociales de un colectivo que desarrolla su actividad en unas condiciones muy especiales por la dureza de la vida a bordo de un barco, el prolongado aislamiento de las tripulaciones, el alejamiento del hogar familiar o la elevada tasa de siniestralidad que padecen.

El proyecto presenta una simplificación en cuanto a la regulación del régimen del Mar, al recoger solamente las especificidades del mismo en materia de cotización y coeficientes reductores de la edad de jubilación, y en todo lo demás remite a la normativa general de la Seguridad Social, con lo que se evitan duplicidades en la regulación. Además, define a los beneficiarios de las prestaciones que gestiona el Instituto Social de la Marina, independientemente del régimen en que se hallen encuadrados.

García Díez ha explicado que se sigue manteniendo en el Régimen Especial a los trabajadores que realizan una actividad marítimo-pesquera a bordo, pero incluye como novedad a colectivos como el personal de investigación, observadores de pesca y personal de seguridad, así como a personas que no desarrollan su trabajo a bordo pero sí vinculadas al sector, como los trabajadores administrativos de empresas estibadoras y de las empresas que les nutren de trabajadores, siempre que desarrollen su actividad exclusivamente en el ámbito portuario, así como los rederos, prácticos de puerto y personal que presta sus servicios en plataformas fijas (petrolíferas, de gas, etc).

Se incluye a los buceadores profesionales, que hasta ahora sólo se incluían en el Régimen Especial cuando realizaban sus servicios en una empresa marítimo-pesquera, quedando excluidos los recreativos, y en lo que respecta a los estibadores portuarios, y ante la gran problemática surgida en los últimos años, se incluye una definición del estibador portuario, configurándolo como aquel que realiza las actividades que integran el servicio portuario de manipulación de mercancías relacionadas en la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2011.

Por otra parte, se contempla por primera vez el término acuicultura, al objeto de agrupar bajo dicha denominación diversas actividades encuadradas en el Régimen Especial, aunque quedan excluidos los trabajadores que presten servicios en empresas dedicadas a la acuicultura en zona terrestre.

El portavoz popular de Pesca ha dicho que se ha configurado el Régimen Especial con dos grandes colectivos, los trabajadores por cuenta ajena y los trabajadores por cuenta propia y ha señalado que en este Régimen Especial, las embarcaciones son consideradas como centros de trabajo, por lo que debe existir una conexión o vinculación entre el registro de embarcaciones que se gestiona por el Instituto Social de la Marina y el Registro de Buques de Marina Mercante.

García Díez subrayó que todas las novedades incorporadas se realizan manteniendo como tiempo efectivo en la aplicación de los coeficientes reductores los periodos de desembarco por enfermedad, accidente, vacaciones, etc., un aspecto que a muchos grupos parlamentarios les había suscitado preocupación, y ha agradecido las aportaciones de todos para que este proyecto de ley satisfaga las necesidades del sector.

El texto se ha aprobado con el voto favorable de todos los grupos, excepto la abstención del PNV, y el portavoz popular ha agradecido los elogios recibidos por el permanente diálogo que el GPP ha mantenido para llegar a un proyecto de consenso. “El grado de participación en el periodo de consultas ha sido muy amplio y el grado de consenso alcanzado muy elevado y eso hace que hoy podamos alegrarnos de compartir mayoritariamente los objetivos y los medios que esta ley contiene”, ha concluido.