El PP enmienda la Ley General Audiovisual para que sólo la autoridad judicial pueda interrumpir o suprimir contenidos audiovisuales

Esta enmienda quiere que el artículo primero de la Ley señale que la misma "establece la normativa básica para la comunicación audiovisual, las bases para la coordinación y ordenación del mercado audiovisual y regula la comunicación audiovisual de

Añade que también regulará "determinadas condiciones del ejercicio de los derechos fundamentales y las libertades públicas de todos los ciudadanos en lo que concierte al ámbito audiovisual y, especialmente, la libertad de expresión y el derecho de la información, reconocidos y protegidos en el artículo 20 de la Constitución, respetando siempre su contenido esencial".

Por ello, "en tanto garante" de dichos derechos y libertades, el PP reclama que sólo la autoridad judicial podrá adoptar medidas que supongan la retirada de contenidos audiovisuales o la interrupción del servicio de comunicación audiovisual.

La justificación de la enmienda del Grupo Popular es que, al haberse decidido por el Gobierno que el proyecto de Ley no tiene rango de Ley orgánica, debe quedar claro que su objeto no afecta al contenido esencial del derecho fundamental a la libertad de expresión y de comunicación, "que, en todo caso, debe respetar y cuya tutela está encomendada, por el artículo 53 de nuestra Constitución, a los Tribunales".