Inmigración

El hecho más significativo de la inmigración en nuestro país es su excepcional integración.

¿Qué estamos haciendo? Inmigración
¿Qué estamos haciendo? Inmigración

Optaremos por una inmigración vinculada al empleo y a nuestra capacidad de acogida, manteniendo el control de los flujos como competencia del Estado.

Desarrollaremos un modelo de inmigración circular, de forma que los extranjeros que vengan a nuestro país cuando hay empleo y vuelvan a su país cuando no lo haya.

Favoreceremos una inmigración legal, ordenada y vinculada al empleo.

Fortaleceremos el control efectivo de las fronteras mediante el trabajo conjunto y la coordinación con los países de la Unión Europea.

Potenciaremos los programas de codesarrollo para promover conocimientos y oportunidades de los inmigrantes para el progreso de sus países de origen.

La inmigración ilegal debe tratarse desde dos vertientes: desde los países de origen y desde una política real en la UE.

Debemos trabajar para que la inmigración ilegal no sea la única opción de los más vulnerables:

. El objetivo es que en los países de origen, los derechos humanos sean una realidad y se garantice una vida digna.

. La UE debe concienciarse que su frontera con África es Ceuta y Melilla: Formamos parte de la UE y la inmigración es una política comunitaria.

El Consejo Europeo acuerda unos objetivos comunes para todos los países europeos:

  • Preservar la vida de las personas, para lo que se triplicará el gasto para las operaciones de búsqueda y rescate de personas en el Mediterráneo.
  •  Luchar contra las mafias con medidas eficaces.
  • Mejorar el nivel de vida y la cooperación en los países de origen.
  • Acordar la readmisión con todos los países de origen y de tránsito de inmigración.
  • Trabajar de forma conjunta con las fuerzas y cuerpos de seguridad en estos países.

Asistencia de inmigrantes

El Gobierno regula por primera vez la asistencia de inmigrantes

El Reglamento de los Centros de Internamiento de Extranjeros regula y protege la asistencia de inmigrantes en nuestro país. Por primera vez habrá un reglamento completo y actualizado que regule la asistencia de inmigrantes y garantice sus derechos y libertades.

Este documento es un imperativo de la Ley de Extranjería de 2009, que debería llevar en vigor, al menos, desde 2010.

Entre las novedades: las fuerzas policiales se encargarán de la custodia de las instalaciones y será personal especializado el que atienda a los internos.

Se realizarán inspecciones y evaluaciones periódicas de los centros con la premisa de garantizar los derechos fundamentales y libertades públicas.

Cobertura sanitaria

Los españoles y extranjeros en situación regular tienen derecho a la tarjeta sanitaria.

Los extranjeros en situación irregular no tienen este documento, al igual que ocurre en el resto de países de la UE, pero sí tienen acceso a la asistencia sanitaria.

La asistencia sanitaria en España para los inmigrantes irregulares es una de las más completas de Europa:

  •  Se les atiende en Urgencias, en el embarazo, parto y postparto y a todos los menores en condiciones de igualdad con los españoles.
  •  Por acuerdo del Consejo Interterritorial, todos los problemas que repercuten en la salud pública, incluida la salud mental. Las autonomías, en el ejercicio de sus competencias, también han articulado medidas para que sean asistidos de patologías crónicas.
  •  Para mejorar la asistencia a estas personas, el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad está estudiando la posibilidad de regular su acceso a la Atención Primaria.

Concesión de la nacionalidad a los hijos y nietos de españoles

Rajoy cumple sus promesas con los hijos de españoles en el exterior

El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso de los Diputados ha registrado la Proposición para la concesión de la nacionalidad a los hijos y nietos de españoles.

Esta propuesta venía recogida en el programa electoral dirigido a los españoles residentes en el exterior.

La reforma estaría enmarcada en el Código Civil y ampliaría los supuestos de adquisición de la nacionalidad española beneficiando especialmente a dos grupos de personas:

1. A los hijos de padre o madre de origen español y nacidos en España que nacieron después de que su progenitor perdiera su nacionalidad española, por lo que no pudo transmitírsela a sus hijos.

2. Aquellos hijos de madre española nacidos antes de la entrada en vigor de la Constitución Española de 1978. Los nacidos posteriormente son españoles de origen por efecto de la Constitución, quienes podrán adquirir la nacionalidad española por la vía de esta opción.

Por tanto se amplía la posibilidad de adquirir la nacionalidad española de origen a los hijos de padre o madre española de origen, aunque no hubieran nacido en España, de los ya contemplados en la Ley 52/2007 de 2007, por la que se reconocen y amplían los derechos y se establecen medidas a favor de quienes padecieron persecución o violencia durante la guerra civil y la dictadura.