El GPP pide abordar "sin demora" la tipificación penal sobre robos en oleoductos

Leopoldo Barreda apremia a adaptar la legislación española a un problema "real y creciente"

El portavoz adjunto del GPP en el Congreso de los Diputados, Leopoldo Barrera, apremió hoy a abordar "sin demora" la tipificación penal sobre robos en oleoductos españoles adaptando nuestra legislación a la nueva realidad de un problema "real y creciente", como puso de manifiesto hace dos años el caso de Málaga provocando desabastecimiento del aeropuerto y millones de euros en daños ambientales.

A través de una Proposición no de Ley del GPP debatida hoy en la Comisión de Justicia, Barreda señaló que en España los robos o intentos de robo en oleoductos "han dejado de ser una anécdota" convirtiéndose en un fenómeno "indeseablemente frecuente", por lo que "corremos un riesgo creciente de vernos enfrentados a situaciones similares" a las explosiones en oleoductos que se producen en otros muchos países.

Para prevenirlo, abogó por analizar la calificación jurídico-penal de las actuaciones que comporta la perforación de oleoductos en la extracción de hidrocarburos, y que afecta a derechos y bienes jurídicos muy diversos como el de propiedad y patrimonio en el caso de la perforación; el derecho a la vida y la integridad de las personas así como la seguridad colectiva y el orden público en el caso del riego de explosión; o la protección del Medio Ambiente en el supuesto del riesgo de vertidos.

En su opinión, "lo importante es contar con una posibilidad de tipificación que tome en cuenta los muy diferentes aspectos de un delito que en su modo de comisión y en sus consecuencias presenta una enorme diversidad", es decir, contemplar también "circunstancias agravantes o tipos agravados en los delitos de robo, contra el medio ambiente o de daños", lo que permitiría contar con instrumentos para una calificación adecuada de los hechos.

Para Barreda, "lo deseable es que se levante la actual limitación a la pena correspondiente a la infracción más grave cometida", es decir, "que se pueda, en función de los diferentes bienes jurídicos protegidos, imponer una pena mayor o la suma de las penas correspondientes a las diferentes infracciones penales cometidas en concurso instrumental".